McDonald’s pierde litigio contra avícola colombiana

La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia desestimó las objeciones presentadas por la firma McDonald’s International Property Company LTD (Mipco) ante la pretensión de Avidesa Mac Pollo S.A. de registrar como nuevo eslogan corporativo la frase “Qué alegría le da Mac Pollo a tu vida”.

Photo courtesy of McDonald's Corp.
Photo courtesy of McDonald's Corp.

La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia desestimó las objeciones presentadas por la firma McDonald’s International Property Company LTD (Mipco) ante la pretensión de Avidesa Mac Pollo S.A. de registrar como nuevo eslogan corporativo la frase “Qué alegría le da Mac Pollo a tu vida”. El resultado de esta disputa marcaria fue difundido por el diario económico colombiano La República.

 “Si se ha de discutir sobre el reconocimiento de derechos de la solicitante sobre el signo Mac Pollo, es pertinente que la Superintendencia verifique que en este asunto la marca solicitada reproduce una marca registrada de Mipco, y puede acarrear confusión y asociación indebida”, señaló en su momento los representantes de McDonald’s ante la SIC. El pleito fue resuelto de manera definitiva y en segunda instancia, a favor de la firma colombiana; es pertinente señalar que Avidesa Mac Pollo S.A. tiene vigencia en el mercado local desde el año 1969, mientras que McDonald’s tiene sus tiendas en este país andino desde mediados de los años 1990.

El matutino añadió que en defensa de su pretensión, Avidesa Mac Pollo S.A. dio un par de argumentos para que se le dejara cargar el lema “Qué alegría le da Mac Pollo a tu vida”. Incluso, pidió que el despacho extendiera el análisis a cada elemento que conforma el lema y que de esa forma, se pudiese dar un veredicto.

“José Luis Londoño Fernández, superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, y en este caso juez de la contienda, anotó que el dictamen final se dio tras estudiar los causales de notoriedad y confundibilidad por los que el lema en mención estaba en disputa. De esa manera concluyó que sí podía ser registrado”.

La República buscó el concepto del experto en propiedad intelectual Pablo Andrés Delgado, de la Universidad Externado, quien dijo “que la decisión fue la correcta al considerarse que la SIC resalta el principio de seguridad jurídica que debe predicarse de los registros marcarios nacionales, por ende no se puede limitar a que se den registros posteriores”.

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